Qué es la OMIC?

Qué es la OMIC?

1) INFORMA y ORIENTA a los consumidores/as y usuarios/as para el adecuado ejercicio de sus derechos.

2) LLEVA UN REGISTRO DE LAS QUEJAS, DENUNCIAS Y RECLAMACIONES de los consumidores/as y usuarios/as.

3) REALIZA UNA MEDIACIÓN entre el consumidor/a y la empresa o profesional reclamado/a intentando conseguir que haya un acuerdo entre la empresa reclamada y el consumidor/a.

¿Qué es la mediación?

La mediación es el procedimiento que se realiza con la intervención de una tercera parte (OMIC) que pretende obtener una solución satisfactoria para ambas partes, empresa y consumidor/a.

¿Qué pasa si la empresa reclamada no atiende la reclamación?

En el caso de que no sea posible alcanzar un acuerdo se remite la reclamación a las entidades y organismos competentes dependiendo del tema que sea (telefonía, seguros banca, inversión, transporte aéreo, transporte de mercancías, tintorerías, vivienda etc). En algunos casos la entidad u organismo podrá adoptar una solución que incluso podrá ser vinculante (en el caso de los defensores de la clientela de las entidades financieras o de seguros) y en otros casos a los efectos de iniciar un expediente sancionador.

4) FOMENTA EL ARBITRAJE DE CONSUMO, como cauce de resolución extrajudicial de las discrepancias entre empresas y consumidores/as.

¿CÓMO SE PUEDE RECLAMAR?

La OMIC en el caso de que un consumidor/a reclame contra una empresa, un profesional o comerciante:

1.En primer lugar le informará de sus derechos.

2.En segundo lugar intentará alcanzar una solución satisfactoria para el consumidor/a mediante una mediación voluntaria con la empresa.

3.En tercer lugar, si dicha solución de mutuo acuerdo no fuera posible remitirá su reclamación al organismo competente o, si la empresa accediera a someterse a un arbitraje de consumo, remitirla a la Junta Arbitral de Consumo.

¿QUIÉN PUEDE RECLAMAR EN LA OMIC?

La persona física o jurídica que resulte ser el consumidor final del bien o servicio y sea residente en el municipio de Palma. Artículo 3 del Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de Noviembre: "Son consumidores o usuarios las personas físicas o jurídicas que actúan en un ámbito ajeno a una actividad empresarial o profesional". La OMIC no puede atender las reclamaciones o quejas entre particulares o entre comerciales, profesionales, empresarios.

¿QUE DIFERENCIA HAY ENTRE QUEJA, DENUNICA Y RECLAMACION?

QUEJA: Refleja un malestar o descontento por parte del consumidor, frente a una situación determinada, no pretende una compensación.

DENUNCIA: Cuando el consumidor informa de hechos que pueden ser considerados contrario a lo establecido en la normativa de consumo y, por tanto, ser sancionados.

RECLAMACION: Cuando un consumidor solicita frente a una empresa o un profesional una actuación determinada porque entiende que sus derechos no se han respetado.

Fecha última modificación: 23 de agosto de 2023