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Bienestar social.02 - Solicitud del servicio de comida a domicilio - Sede electrónica
Bienestar social.02 - Solicitud del servicio de comida a domicilio
Descripción
- Consiste en la provisión de menús al domicilio de las personas beneficiarias, según la normativa establecida.
- Comida casera y adecuada a la estación del año, especial en fechas señaladas envasada en barquetas mono porción.
- El objetivo del servicio es mejorar la calidad de vida en su entorno habitual de las personas mayores y/o que tienen dificultades de autonomía, dando cobertura a la necesidad básica de la nutrición.
¿Quién lo puede solicitar?
- Personas empadronadas en Palma
- Mayores de 65 años con problemática grave de salud y/o con limitaciones importantes de autonomía, prensentando dificultades físicas o psíquicas para poder elaborar la comida.
- Personas con discapacidad física, con valoración previa del organismo competente, que se encuentren en la misma situación que el colectivo anterior
- Es imprescindible contar con nevera y microondas.
Documentación a aportar
A las solicitudes se les deberán adjuntar los siguientes documentos:
- Fotocopia DNI solicitante/s y miembros de la Unidad de Convivencia.
- Solicitud de Servicios Domiciliarios (incluye autorización para el tratamiento y uso de datos de carácter personal).
- Informe médico del/de los solicitante/s. Importante conocer tipos de dieta.
- Informe social de Servicios Domiciliarios
- Hoja anexa para solicitar el Servicio de Comida Domiciliario
- Certificado de discapacidad superior al 33% (si tiene).
- Declaración Jurada de ingresos y bienes.
- Justificación de los ingresos de la persona usuaria y de la unidad familiar (nóminas, pensiones, declaraciones de renta).
¿Dónde solicitarlo?
Las solicitudes se pueden hacer a través de:
- Centros municipales de servicios sociales de Palma: de lunes a viernes de 9 a 14 horas.
- Cáritas: de lunes a viernes de 9 a 14 horas.
- Centros de salud del Ib-salut: de lunes a viernes 9 a 14 horas.
- Cruz Roja: de lunes a viernes de 8 a 15 horas y martes y miércoles de16 a 19 horas.
- Centros Hospitalarios donde estén ingresados los solicitantes
- Empresa adjudicataria de los servicios de ayuda a domicilio
¿Dónde entregarlo?
- OAC (oficinas de atención a la ciudadanía).
- Toda la documentación requerida se tiene que remitir al Área de Bienestar y Derechos Sociales del Ayuntamiento de Palma a la Unidad de Dependencia y Prestaciones, vía registro general.
- Por Internet:
Precio y forma de pago
- Servicio Municipal de copago
- Según la renta per cápita resultante de la unidad de convivencia, los beneficiarios participarán en el coste del servicio conforme a lo establecido en la ordenanza fiscal municipal en vigor
Normativa
Legislación y documentación de referencia
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.
- Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, general de protección de datos.
- Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
- Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
- Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de les Illes Balears.
- Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
- Pliego de prescripciones técnicas del servicio municipal de comida a domicilio.
- Ley 4/2009, de 11 de junio, de Servicios Sociales de las Islas Baleares.
- Ley 23/2006, de 20 de diciembre, de capitalidad de Palma.
- Ley 8/2008, de 5 de junio, de modificación de la Ley de capitalidad de Palma.
- Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a la dependencia.
- Pliego de prescripciones técnicas del servicio municipal de comida a domicilio. Julio 2007
- Régimen jurídico básico de los servicios de comida a domicilio. Noviembre 2002.
- Ordenanzas fiscales y de precios públicos del año en curso. Ayuntamiento de Palma
Forma de iniciación
A petición de la persona interesadaRequisitos
Normas básicas a cumplir por parte del beneficiario/a:
- Permanecer en el domicilio el día y hora de entrega pactada
- Comunicar previamente a la oficina las ausencias
A disposición del beneficiario/a:
- Programa custodia de llaves
- Domicilio alternativo
- Acceso al programa de cesión de material electrodoméstico (50% o superior, nueva contrata)
Observaciones
¿Quién tramita la solicitud? Trabajadores Sociales
Órgano resolutorio: Regiduría de Bienestar y Derechos Sociales
Las solicitudes serán valoradas por la Unidad de Dependencia y Prestaciones Económicas, y se asignará una puntuación teniendo en cuenta la situación social, de salud y económica de la unidad familiar según el baremo establecido
Efectos presuntos
Desestimatorio
Fin de la vía administrativa
La resolución no pone fin a la vía administrativaMés información
Empresa contratada: Cruz Roja
Presencial
Requisitos para la tramitación telemáticaFecha última modificación: 31 de marzo de 2024